El precedente: un concepto

En este trabajo propongo un concepto de “precedente”, a partir de una teoría analítica del derecho. La hipótesis del trabajo es la siguiente: el “precedente” es una creación de la interpretación que hace un operador jurídico a partir de la lectura de una “sentencia”. Parto de lo siguiente: (i) “sent...

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Institution:Universidad Externado de Colombia
Main Author: Sierra Sorockinas, David
Format: Artículo de revista
Language:Español
Published: Departamento de Derecho Constitucional 2016-06-15
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Online Access:https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/10514
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spelling Sierra Sorockinas, David
2016-06-15 00:00:00
2022-09-09T21:00:14Z
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2016-06-15
En este trabajo propongo un concepto de “precedente”, a partir de una teoría analítica del derecho. La hipótesis del trabajo es la siguiente: el “precedente” es una creación de la interpretación que hace un operador jurídico a partir de la lectura de una “sentencia”. Parto de lo siguiente: (i) “sentencia” es el texto que produce el “juez”, (ii) la interpretación que un operador jurídico haga de una o varias “sentencias” es la “jurisprudencia”. A su vez, (iii) la “jurisprudencia” está conformada por: el “precedente”, los “conceptos jurisprudenciales” y la “norma”. Me ocupo de la distinción entre ratio decidendi y obiter dictum, para demostrar que el “precedente” depende de la interpretación que hace un operador jurídico.
In this paper, I propose a concept of “precedent”, from the perspective of an analytical theory of law. The hypothesis is: the “precedent” is a creation of the interpretation that a juridical operator does from the reading of a “sentence”. I begin with the assumption that (i) the “sentence” is the text that the “judge” produces, (ii) the interpretation that a juridical operator does of one or several “sentences” it is the “jurisprudence” and (iii) the “jurisprudence” is comprised for: the “precedent”, the “jurisprudential concepts” and the “norm”. I make a distinction between ratio decidendi and obiter dictum to demonstrate that the “precedent” depends on the interpretation that a juridical operator does
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10.18601/01229893.n36.09
2346-2051
0122-9893
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Departamento de Derecho Constitucional
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Núm. 36 , Año 2016 : Enero-Junio
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